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Certificación
03 Documento1 Etiqueta ecológica

Los alimentos sólo podrán llevar una referencia a métodos de producción ecológica si son el producto de un sistema de agricultura ecológica que utiliza prácticas de gestión orientadas a mantener ecosistemas de productividad sostenible. Para identificar un alimento ecológico hay que recordar que los términos Ecológico, Eco, Biológico, Bio y Orgánico están reservados en exclusiva a los alimentos obtenidos aplicando este sistema de producción.

En este sentido, para hacer uso de la mención de agricultura ecológica, los procesos productivos están sometidos a unos controles estrictos, realizado por una entidad de certificación autorizada. La producción agroalimentaria ecológica está regulada por una normativa europea (Reglamento (CE) 834/2007 del Consejo) que establece las exigencias de producción y elaboración de los alimentos, así como los requisitos para la inspección, certificación y etiquetado.

En la etiqueta de estos alimentos ha de aparecer el nombre y el código de la entidad que certifica la autenticidad del producto. Los alimentos certificados en Euskadi llevan el código (ES-ECO-026-VAS) y el sello del Consejo de Agricultura y Alimentación Ecológica de Euskadi (ENEEK). A partir de julio de 2010, el NUEVO LOGO ECOLÓGICO de la UE, bautizado como la "eurohoja", será obligatorio para todos los alimentos ecológicos preenvasados en la Unión Europea. También se puede utilizar el logotipo europeo de forma voluntaria en alimentos ecológicos no preenvasados producidos en la UE.

La correcta utilización de los logotipos permite difundir e implantar de forma razonable la imagen de los productos ECO. Para la utilización de los siguientes logotipos es necesario estar inscrito en el Consejo de Agricultura y Alimentación Ecológica de Euskadi (ENEEK) y sólo serán usados para productos alimenticios.

Logo Eco Euskadi ENEEK

Logo Eco Euskadi ENEEK

Logo Eco Europeo (nuevo)

Logo Eco Europeo (nuevo)
Sello de conversión

Para convertir una explotación convencional en ecológico, requiere de un periodo de transición o conversión tanto para las tierras como los animales y cuya duración dependerá del manejo histórico del mismo y del tipo de cultivo o ganado que hayan de producirse.

Este proceso para el caso de los cultivos tiene una duración mínima de 2 años. Durante el primer año de conversión o "Año 0", el agricultor hará agricultura ecológica pero no podrá vender sus productos como tal. El objetivo de esta medida es preservar la calidad del producto. Pasado este primer año, el producto tendrá el sello de “conversión a la agricultura ecológica”. Transcurrido el periodo de conversión (2 años en el caso de los cultivos herbáceos y 3 en perennes) el producto ya tendrá el sello ecológico y se podrá vender como tal.

Logo Conversión Euskadi ENEEK

Logo Conversión Euskadi ENEEK

Consejo de Agricultura y Alimentación Ecológica de Euskadi
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